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SANCIONARÁN A QUIENES REALICEN FUMIGACIONES SIN NOTIFICAR A LOS BOMBEROS

Las empresas dedicadas a realizar trabajos de fumigación por nebulización deberán comunicar por escrito y con cinco días de anticipación al Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá (BCBRP), de lo contrario serán sancionadas.

En la notificación se deberá informar la fecha y lugar donde se realizará la fumigación. De no cumplir con lo establecido, las empresas podrían recibir una multa de 50 hasta 50 mil dólares.

La medida obedece a la gran cantidad de llamadas recibidas a diario sobre posibles incendios, ya que las personas confunden con humo las labores de fumigación por nebulización.

Las movilizaciones a falsas emergencias representan gastos innecesarios para el BCBRP, ya sea por la pérdida de tiempo y desgaste de equipos, evitando muchas veces la oportuna atención de otros incidentes de riesgo que se presentan.

 

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