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ACTUALIZACIÓN DE REGLAS EN PRUEBAS DE HERMETICIDAD DE GAS

La misiva es para notifica a los técnicos de gas, administradores de edificios, centros comerciales, restaurantes, industrias y residencias que deban informarles a sus clientes, que las pruebas de hermeticidad deben realizarse cada tres años.

En la siguiente nota se amplía esta solicitud en base al artículo 14 del capítulo III y el artículo 20 del capítulo IV encontrado en la gaceta oficial sujeto al reglamento de gas licuado de petróleo.

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